sábado, 4 de octubre de 2014

PROGRAMA EMPRENDEDORAS SOLIDARIAS AGUINALDO FECOLFUNDG-COOPSOACHA/14

"FECOLFUNDG" PRESENTA SUS PROGRAMAS DE ASISTENCIA COMERCIAL Y SOPORTE SOLIDARIO EN FAVOR DE LAS ORGANIZACIONES ADSCRITAS A LA FEDERACION COLOMBIANA DE FUNDACIONES Y ORGANIZACIONES ONG, EN CONVENIO CON LA COOPERATIVA MULTIACTIVA DE SOACHA "COOPSOACHA". PARTICIPAMOS DE LOS TLC FIRMADOS POR EL GOBIERNO COLOMBIANO. APOYAMOS LOS PROCESOS DE PAZ Y DE POSCONFLICTO Y TRABAJAMOS POR LA SOLUCION DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y EL CAMBIO CLIMATICO.


INFORMACIÓN COMERCIAL
DAVID ZAPATA BARCO
TEL: 7136747. CEL:3012662060
LA FERIA DEL PAVO 1o MAYO CON 50
REPRESENTACIONES ADVI
SONIA ELIZABETH CUERVO FLÓREZ
asesoriasyfinanzasadmon@gmail.com
CEL: 3192194209
ORGANIZACION APROTAXI DE COLOMBIA
JAIRO PANTANO
EMAIL: aprotaxi@yahoo.com
WEB: www.aprotaxi.org
CARRERA 35 No. 1A -46 SANTA MATILDE
TEL: 4691111 CEL:3005341916

miércoles, 10 de septiembre de 2014

FECOLFUND - COOPSOACHA GALERÍA FOTOS










FECOLFUND EN CONVENIO COOPSOACHA .

CONTRATO MARCO CONVENIOS INTEGRALES MULTIPROPOSITO 2014
EL CONTRATO MARCO QUE SE APLICARA A LAS ORGANIZACIONES VINCULADAS A LOS PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO SOCIAL SOLIDARIO EMPRESARIAL CON FECOLFUND ES:

CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO

Celebrar un Convenio Marco para el desarrollo de los proyectos VIVIENDA, AMBIENTALES, SALUD, PRODUCCION AGROPECUARIA- SOCIALES – CULTURALES ETC.   de gestión organizacional a nivel, local, Nacional e Internacional relacionados con el objeto social para lo cual acuerdan una mutua colaboración y ayuda en pro del adelanto institucional, académico, comercial, operativo, empresarial , entre otras, desplegando todas las actividades y acciones necesarias para cumplir con los compromisos que se adquieran entre las intervinientes y ante terceros.

CLÁUSULA SEGUNDA.- PROGRAMAS

En desarrollo del objeto del presente convenio, gestionarán conjuntamente la coordinación administrativa y la ejecución de los programas, y cronogramas de actividades aportados   para el desarrollo de proyectos y programas de gestión, disponiéndose  recíprocamente a intercambiar información y realizar reuniones tendientes a la unificación de criterios y presentación final de los proyectos o programas a las diferentes Instituciones. En atención a lo anterior, las partes intervinientes informan que están interesadas en (i) capacitar grupos de trabajo, diseñar nuevos productos y servicios en convenio, comercializar a nivel nacional e internacional sus portafolios de servicios para ampliar las actividades empresariales, académicas o culturales que desarrolla cada una, así como de productos o proyectos productivos que se desarrollen a futuro, (ii) Captar clientes,  socios por proyectos que ayuden o sean de interés para FEDECOLFUND-(NOMBRE DE LA ORGANIZACION) lo cual acuerdan una colaboración mutua y complementaria.

CLÁUSULA TERCERA.- OBLIGACIONES DE LAS ORGANIZACIONES:

Dentro de los acuerdos establecidos por las partes, para FEDECOLFUND-xxxxxxxx  se dispone a: (i) Aportar el (los) proyectos diseñados  para su operación en convenio, así como el personal  idóneo para dar cumplimiento y desarrollo del mismo (ii) designar un funcionario encargado de coordinación técnica y operativa por cada uno de los proyectos que se inicien en atención al presente convenio, (iii) velar por el desarrollo del objeto del convenio suscrito de la  FEDECOLFUND- xxxxxxx, respetando la propiedad intelectual de los proyectos aportados por cada una de las partes (iv) promocionar, comercializar, publicitar e impulsar los proyectos, programas o productos ofrecidos el cumplimiento de los objeticos de los proyectos a realizar, ejecutando y cancelando los costos y gastos en que se incurran y que le correspondan de acuerdo con el presupuesto y  los porcentajes  aprobados para cada proyecto según lo establecido por  las partes.

CLAUSULA CUARTA OBLIGACIONES Y ACTIVIDADES DE LAS ORGANIZACIONES:

 (i) desarrollar el convenio marco de acuerdo con los parámetros generales convenidos con   FEDECOLFUND-COOPEBO (ii) suscribir las actas de ejecución de los proyectos de acuerdo con el perfil de los mismos y el contexto donde se vayan a ejecutar, precisando la imagen corporativa de las instituciones en convenio, en la proyección a comunidad participante. (iii) Designar un coordinador para planear y organizar de manera conjunta   la ejecución institucional de cada proyecto. (iv) Velar por el desarrollo del objeto del convenio suscrito, respetando la propiedad intelectual de los proyectos aportados por LAS PARTES               en reciprocidad de las partes. (v) Presentar los informes correspondientes, cada 90 días y extraordinariamente cuando se solicite a los coordinadores o interventores de las asociadas. (vi) promocionar, comercializar, publicitar e impulsar los proyectos, programas o productos ofrecidos por los proyectos, ejecutando y cancelando los costos y gastos en que se incurran y que le correspondan de acuerdo con el presupuesto y  los porcentajes  aprobados para cada proyecto según lo establecido por  las partes. (vi) Gestión y presentación del proyecto  para consecución de recursos  a nivel privado y publico Nacional e Internacional.

CLÁUSULA QUINTA.- FACULTADES DE LAS PARTES

Serán facultades de las partes las siguientes:

(i) En el cumplimiento de lo convenido, , ambas partes están facultadas y autorizadas para celebrar alianzas, asociaciones, uniones temporales con Sociedades, Asociaciones, Fundaciones, Cooperativas o entes de cualquier tipo societario que tengan capacidad jurídica, económica, tecnológica, intelectual, académica  entre otras, para ampliar, comercializar o publicitar el campo de acción y aplicación del objeto del convenio de las intervinientes, siempre y cuando los convenios suscritos con las demás ENTIDADES O INSTITUCIONES que involucren el proyecto , sean  autorizadas la delegación por escrito para validar un convenio o alianza interinstitucional en pro del desarrollo de su objeto social en coordinación con las tres entidades. (ii) Podrán encargar funciones propias confiadas a un coordinador de la Institución interesada en los proyectos para coadyudar en la atención y la ejecución de los proyectos y actividades suscritos interinstitucionalmente. (iii) Integrar la imagen o logo de las asociadas a los proyectos para la realización de negocios, capacitaciones, publicidad, etc; captar clientes a nombre de las partes intervinientes para la consecución de los proyectos, en virtud del convenio marco. (iv) Realizar intercambio de información que permita desarrollar los proyectos y programas que se contraten con terceros. (v) Asignar el personal idóneo para las actividades: administrativas y financieras, académicas, técnicas y de coordinación logística que se consideren necesarias para el cumplimiento de cada proyecto, en atención al presente convenio marco.
(vi) Las partes están facultadas de manera conjunta para redactar y realizar las ofertas de proyectos y servicios que sean presentadas por ambas partes a los clientes, dando cumplimiento a las requisiciones de calidad y servicio y a los términos de referencia de los convenios suscritos en común acuerdo escrito con terceras partes.

CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES LABORALES:
Se aclara que en ningún momento el presente convenio genera dependencia o subordinación laboral entre las convenidas en la conformación del personal adscrito por las partes en cada proyecto debidamente configurado por actas de inicio y cada una de las partes serán responsables del pago de los honorarios por prestación de servicios y/o salarios y prestaciones sociales de sus respectivos colaboradores o empleados.

CLAUSULA SEPTIMA: SERVICIOS PROFESIONALES Y TÉCNICOS.
Es necesario especificar que tanto cancelará de acuerdo al presupuesto ejecutado, el pago correspondiente a cada uno de los profesionales y técnicos que participen en las actividades de cada uno de los proyectos, vinculados a través de unos contratos de servicios profesionales o técnicos en el desarrollo de los mismos.

CLÁUSULA OCTAVA: PRESUPUESTO DE LOS PROYECTOS.
 Las partes intervinientes del convenio marco, designarán las personas encargadas de elaborar conjuntamente el presupuesto, donde se definirá cada uno de los programas y planes de ejecución, que aplican a las diferentes líneas de proyectos de , FEDECOLFUND-  xxxxxxx  el cual integrará la totalidad discriminada de los ingresos, costos y gastos del programa y/o actividades del plan a ejecutar.
Estos presupuestos serán revisados y aprobados por las personas delegadas y facultadas institucionalmente por las partes para su interventoría y efectiva ejecución y validación de informes ejecutivos y balances.

Harán parte del presupuesto integral de cada proyecto, los patrocinios y auspicios de empresas y organismos estatales y privados nacionales e internacionales que para la financiación y cooperación de cada programa, se logren obtener con posterioridad a la firma del presente Convenio Marco.

PARAGRAFO PRIMERO: Cualquier gasto no relacionado en el presupuesto y que sea necesario incurrirlo para el buen desarrollo de cada proyecto o programa, debe de ser sustentado, aprobado  y cancelado en el desarrollo de su ejecución, por  las partes.

CLÁUSULA NOVENA: ACUERDOS PARA LA REALIZACION DE LOS PROGRAMAS.
la realización de cada PROYECTO y sus programas, las partes, suscribirán un acta de trabajo especifica, que hace parte integral de éste Convenio Marco, el cual regulará como mínimo lo relacionado con: el nombre del proyecto y del programa en ejecución, duración en horas, las fechas y horarios de realización del mismo, el presupuesto, políticas de financiación y formas de pagos de los clientes/usuarios y el perfil del público objetivo, las responsabilidades de cada parte propias de la ejecución del proyecto o sus programas y las excepciones aprobadas conjuntamente por escrito, a los acuerdos del Convenio Marco.

CLÁUSULA DÉCIMA - INFORMES: Se acuerda presentar informes periódicos, término definido por las partes en forma recíproca sobre las gestiones realizadas o actividades desarrolladas en competencia de la ejecución de los proyectos,  programas y actividades que afecten el éxito y efectividad de los resultados de  cada una de las partes.

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: FORMA DE PAGO DE CADA PROYECTO O PROGRAMA. Las partes acuerdan de manera previa a la ejecución de cada proyecto o programa, la valoración económica integral para hacer efectivo los pagos e ingresos de las partes en convenio; definiendo los anticipos, abonos y liquidación final.  realizarán conjuntamente, la valoración económica final de cada proyecto o programa en desarrollo del presente Convenio Marco, según el siguiente procedimiento: Del valor total de lo recaudado por concepto de ingresos entre ellos, inscripciones, patrocinios, matrículas, ventas, canjes, porcentajes de descuento, capacitaciones, comercialización de productos y servicios, asesorías, acompañamientos en la línea de servicios correspondientes, se deducirán la totalidad de los costos y gastos del proyecto o programa presupuestados, incluyendo dentro de los mismos, gastos de viaje, elaboración de avisos de prensa, correo, diseño publicidad, mercadeo y visitas de negocios, etc., y la diferencia resultante, (utilidades o pérdidas), será asumida de acuerdo con los porcentajes de 33.33% para cada una de las partes en el desarrollo del convenio.

PARAGRAFO PRIMERO: Las partes en convenio acuerdan, según cada proyecto o programa, una vez liquidado, la distribución del porcentaje correspondiente pactado de participación en el convenio. En cada proyecto o programa, se anexará el acta de presupuesto correspondiente, debidamente aprobada por la partes, con el fin de especificar los términos de ejecución ´y liquidación.

PARAGRAFO SEGUNDO: Para la liquidación definitiva se tomará como tiempo máximo, una vez FEDECOLFUND-  xxxxxxx   hayan cumplido con los procedimientos de ejecución, calificaciones, informes, evaluaciones, cuentas de cobro y documentos soporte y  QUINCE (15) días calendario después de finalizar el programa. Fecha en la cual, se comprometen a presentar el respectivo balance.

PARAGRAFO TERCERO: Todos los costos y gastos de cada proyecto o programa reportados, deberán estar debidamente soportados y autorizados para poder ser deducidos de acuerdo con lo establecido en la presente cláusula.


CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DURACION DEL CONVENIO MARCO. El presente Convenio Marco tiene una duración de (5) cinco años (60) (meses) contados a partir del dos (30) de agosto de dos mil catorce (2014), y podrá prorrogarse por un periodo igual solamente por un acuerdo firmado por las partes. Sin embargo, en caso de decisión conjunta de dar por terminado este convenio marco, se garantizará por las partes el éxito de los proyectos que estén en curso hasta su debida liquidación.

CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: MODIFICACIONES AL CONVENIO MARCO. El presente Convenio Marco solamente podrá ser modificado por las partes de común acuerdo por escrito y firmado por sus representantes legales o por quienes expresamente fueren autorizados por los mismos. Así como modificaciones de razón social o Nit   de los firmantes deben ser informados y autorizados por las partes sin que esto las exonere del presente convenio.

CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: CLAUSULA COMPROMISORIA. Las partes acuerdan que todas las diferencias que ocurran entre ellas con ocasión de la celebración, interpretación, ejecución, liquidación o terminación de este Convenio Marco, y que no hayan sido solucionadas por ellas mismas, serán resueltas de acuerdo con la Ley vigente en audiencia de conciliación y resolución ante las instancias competentes.

CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: CESION.  Ninguna de las partes podrá ceder o dar por terminado el presente convenio, así como los proyectos aprobados por escrito a ejecutar entre las mismas, sin previo aviso o autorización de igual manera se establece como cláusula de sanción del 1% del valor del proyecto.

CLAUSULA DECIMA SEXTA: FORMALIDAD DEL CONVENIO MARCO:

Para el desarrollo del presente convenio marco, se validarán las firmas ante notaría.